MODELO DE REGLAMENTO ELECTORAL DE UNA ASOCIACIÓN DE ESCRITORES

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE ESCRITORES 

Capítulo I

Del Jurado Electoral – JE


Articulo 01.- El Comité Electoral, que en adelante se denominará CE, es un órgano autónomo en sus funciones, que se encarga de organizar, conducir y controlar todo el proceso de elecciones, con transparencia equidad y justicia. Los miembros del CE han sido propuestos y elegidos en la Asamblea General Ordinaria de Asociados de AEA, convocado por el Presidente y Consejo Directivo con fecha veinticuatro (24) de enero del 2020, en las instalaciones de la sede del Club Ancash, sito en Av. Horacio Urteaga Nro. 660 del distrito de Jesús María, de la provincia y departamento de Lima.


EL CE, es autónomo y sus decisiones son inapelables. -


Articulo 02.-El presente Reglamento Electoral, tiene como base legal lo dispuesto por los artículos del Estatuto del Club Ancash y pertinentes del Código Civil. El Jurado Electoral resuelve las impugnaciones que se presenten, de acuerdo con las normas de su Reglamento Interno


Artículo 03.- El CE está conformado por tres miembros titulares hábiles, (que cumplen los requisitos, de acuerdo al estatuto de la Institución) tienen la tarea de la organización de todo el proceso electoral y está conformado por los asociados siguientes:

Presidente: Señor JUSTO PONTE CRUZ, encargado de supervisar todo el proceso electoral.

Secretario: Señor WALTER VIDAL TARAZONA, Encargado de remplazar al presidente en ausencia de éste y redactar las convocatorias y mantener al día las actas del CE.

Vocal: Señora BLANCA DE LOS RIOS VIVANCO, encargada de apoyar al presidente del CE, preparar el material electoral y del conteo de los votos.

Articulo 04.- El día dieciséis (16) de febrero del 2020, el CE recibirá del Consejo Directivo con la firma del Presidente y el Secretario de Actas y Archivos, el Padrón de los Asociados aptos para elegir y ser elegidos, el mismo que será verificado por el CE, con la documentación que facilite el Consejo Directivo.

Una vez dada la conformidad por el JE, el padrón no podrá ser modificado y será la base única para el proceso electoral. –


Capítulo II

De los requisitos para postular


Articulo 05.-

Para ser candidato y elegido como miembro del Consejo Directivo de la Asociación de Escritores Ancashinos (AEA), deben reunir los requisitos siguientes:

a)     No tener ninguna deuda en la Asociación, ni poseer bienes, enseres, libros, etc., de la institución.

b)     Estar al día con sus cotizaciones mensuales y cuotas extraordinarias.

c)     Tampoco son hábiles para ser candidato al Consejo Directivo, los que hayan cancelado sus cotizaciones atrasadas por más de un año, solo faltando tres meses para las elecciones.

d)     Gozar de una intachable conducta moral.

e)     No tener antecedentes policiales, judiciales y no haber tenido procesos disciplinarios en el Club.


Capitulo III

De las Listas


Artículo 06.- La presentación de candidatos es por lista completa, y se cerrará definitivamente el seis (06) de abril del 2020. Se debe acompañar para este acto el PLAN DE TRABAJO. Inmediatamente cerrada la inscripción de listas, empezará la depuración y las declaradas aptas se publicarán en la vitrina del Club Ancash y/o E Mail, el día veinte (20) de abril de 2020.

Articulo 07.- En las listas de candidatos, así como del personero que lo represente, deberán de consignar los nombres y apellidos, Nro. DNI., firma igual al DNI y el cargo al que postula. EL CE, de acuerdo al orden de inscripción, le asignará a cada lista un número que lo identifique en el proceso electoral. -

Artículo 08.- Los cargos de la directiva de la Institución son las que se estipula en el estatuto de AEA-


Capitulo IV

De las Elecciones


Artículo 09 - El CE aplicará estrictamente lo estipulado en el estatuto y según el siguiente procedimiento:

a)     El sufragio será secreto y directo.

b)     Los asociados hábiles tienen el derecho del sufragio universal y secreto.

c)     Procede tacha a los candidatos y podrán hacerlo hasta el día trece (13) de abril del 2020, en el horario de 05 PM a 09 PM, en las instalaciones del Club Ancash. Se puede también informar la tacha vía correo electrónico.

d)     Presentada la tacha el CE resolverá al día siguiente. De ser positiva, se le comunicará en el mismo día, al o a los personeros de las listas para que puedan reemplazar(los) en un plazo de veinticuatro horas (en día hábil) en el local del Club Ancash y/o vía correo electrónico.

e)     Vencido el termino de inscripción y/o resueltas las tachas interpuestas, el Jurado Electoral procederá a la publicación de las Listas Hábiles para competir, confección de las Cedulas de votación y su distribución oportuna. La fecha de publicación será en la vitrina del Club Ancash, gracias al Consejo Directivo de dicha institución y también por E Mail de todos los asociados y con fecha veinte (20) de abril 2020.

f)       En caso que no hubiera listas para las elecciones, el CE, de hecho, llamará a otra presentación de listas y se prorrogará las elecciones quince (15) días después y que será comunicada oficialmente la fecha, hora y lugar por el CE.

g)     El acto electoral se realizará el jueves 30 de abril 2020, en el horario de cuatro de la tarde a nueve de la noche en las instalaciones del Club Ancash, con una tolerancia de treinta minutos.

h)     En el día del proceso electoral, El CE publicará en el ingreso a la sala de sufragio, la lista de los asociados hábiles para sufragar, la lista o listas de los candidatos y en la cámara secreta de votación, la lista solo con el nombre del candidato presidencial, detallando el NUMERO ASIGNADO a cada lista. -

i)       El elector al presentarse a la mesa receptora, presentará su documento de identidad y el Presidente del CE chequeará si está su nombre en el padrón de asociados, si está correcto, firmará el elector y el presidente entregará la cédula al elector, donde figurará la firma y sello del PRESIDENTE DEL COMITÉ ELECTORAL, y los recuadros para indicar el NUMERO de la lista de su preferencia, luego pasará a la cámara secreta y después personalmente introducirá el sobre cerrado en el ánfora.

j)       Los candidatos tienen derecho de presentar sus personeros, con poder de tacha y plantear nulidad e impugnación.

k)     Cerrado el acto electoral, los miembros del CE, contarán las cédulas de votación efectuada y de los ausentes, con el con el número de los votantes del Padrón. De estar conforme, empezará el escrutinio. Se proclamará a la lista ganadora que alcance la mayoría simple de los votos válidamente emitidos, en caso contrario el CE llamará a nuevas elecciones, en el plazo de quince (15) días. El CE convocará oportunamente, informando la fecha, hora y lugar.



DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS


ARTÍCULO 10.- El CE tiene la potestad de admitir en el proceso electoral, una lista incompleta de cargos directivos postulantes, siempre y cuando en ella se elija al número suficiente de integrantes que le permita sesionar y entre éstos se encuentre el integrante con atribución de convocatoria (El cargo Presidente o Vicepresidente) si así lo determina su estatuto. Según establece el Reglamento de inscripciones del Registro de Personas Jurídicas Nro. 038-2013 SUNARP


ARTICULO 11.- Terminado el acto electoral se levantará el acta de las elecciones y firmarán los tres miembros del CE y los personeros acreditados.  


ARTÍCULO 12.- La juramentación del nuevo Consejo Directivo y entrega de Credenciales a los nuevos integrantes del nuevo Consejo Directivo, estará a cargo del Presidente del CE y se llevará a cabo en acto solemne en el mismo día de las elecciones. El Presidente del CE, entregará al CONSEJO DIRECTIVO VIGENTE, los resultados de las elecciones del periodo 2020- 2022, o sea del 01 de mayo del 2020 al 30 de abril 2022. 


Los miembros en pleno del CE firman el presente Reglamento Interno Electoral en señal de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto y el Código Civil y lo ponen a disposición de los asociados para su aprobación.


Jesús María, 20 de marzo de 2020


EL COMITÉ ELECTORAL


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